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Nacionalidad Argentina

Opción por la Nacionalidad Argentina -PROCEDIMIENTO PARA SU TRAMITACION

INFORMACIÓN GENERAL.

Los ciudadanos extranjeros pueden obtener la nacionalidad argentina de dos maneras diferentes: por "naturalización" o por "opción".

La "naturalización" de ciudadanos extranjeros es un proceso judicial que debe llevarse a cabo exclusivamente ante los tribunales federales argentinos.

La "opción" por la nacionalidad argentina es un procedimiento que se substancia ante los oficiales consulares argentinos (si el recurrente se encuentra en el extranjero) o bien ante el Registro Nacional de las Personas (si se encuentra en el país).

Si el ciudadano extranjero que opta por la nacionalidad argentina es mayor de 18 años, le corresponde únicamente a él realizar la opción. Si es menor de 18 años, los titulares de la patria potestad serán los únicos habilitados a realizar la opción en su beneficio.

A diferencia del procedimiento de naturalización, la opción por la Nacionalidad Argentina requiere que la persona que va a optar (o por quien sus padres van a hacerlo) sea hija de padre o madre argentino/a nativo/a.

El procedimiento establecido para la opción requiere ineludiblemente la comprobación de los requisitos y la presentación de los documentos más abajo descriptos, así como también la manifestación solemne a ser realizada ante los funcionarios autorizados por la ley.

La nacionalidad argentina quedará formalmente adquirida en el instante en que se incorpore en una Partida del Registro Nacional de las Personas el Testimonio del Acta que se labra en la Sección Consular, acto tras el cual el Registro Nacional de las Personas en Argentina ordenará, elaborará y enviará el Documento Nacional de Identidad correspondiente.

Conforme a las leyes aplicables, la nacionalidad argentina no es renunciable. El hecho de que los ciudadanos extranjeros que deseen adquirir la nacionalidad argentina tengan otra o muchas otras nacionalidades, no impide ni afecta la posibiidad de adquirir la nacionalidad argentina. Se puede ser argentino y simultáneamente tener muchas otras nacionalidades.

No obstante lo anterior, es necesario tener en cuenta que la adquisición de la nacionalidad argentina podría llegar a producir consecuencias sobre otras nacionalidades que posea el ciudadano que opta, si así lo dispusieran las legislaciones de esos países. A este respecto, se sugiere consultar al consulado extranjero correspondiente.

A continuación, se señalan los requisitos necesarios para efectuar la opción:

REQUISITOS

A. Documentación a presentar para Menores de 18 años.

1.   Partida nacimiento original o fotocopia con legalización original y sellos originales del Registro Nacional de las Personas del padre o madre argentino nativo que ejercerá la opción a favor del menor. Basta con que uno de los progenitores sea de nacionalidad argentina nativa. Este carácter debe ser acreditado con la presentación de la partida de nacimiento del mismo- testimonio original- emitida por el Registro Civil argentino.
2.     D.N.I, L.C o L.E. original del padre o madre argentino nativo que ejercerá la opción a favor del menor.
3.   Pasaporte (si es extranjero) o Documento de Identidad (si es argentino) del padre o madre que no ejerce la opción pero que aceptará la misma.
4.       2 (dos) x Partidas de nacimiento originales del menor legalizadas por el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de Kuwait IMPORTANTE: LAS PARTIDAS DE NACIMIENTO NO SERAN DEVUELTAS.
5.       Domicilio familiar en Kuwait.
6.       Libreta de Familia en el caso de haber contraído matrimonio en la Argentina (en el caso de menores) (Opcional).
7.       Ambos padres y el o los menores deberán concurrir a la Sección Consular el día de la opción. Por disposición de la legislación argentina, la opción no puede realizarse fuera de la oficina consular.
8.       Si los padres estuvieran divorciados y en el caso de que sólo uno de ellos posea la patria potestad, se requiere el certificado de divorcio y el documento que acredite quién tiene la tenencia del menor.
9.       Otros documentos (si correspondiere). Por disposición de la legislación argentina, en caso de cambio de nombre/s del padre o madre, se necesita el certificado original jurídicamente válido de cambio de nombre legalizado.
10.    MUY IMPORTANTE: el nombre de los padres consignado en el documento nacional argentino tiene que coincidir con el nombre mencionado en la partida de nacimiento extranjera como así también en la partida de nacimiento del padre/madre nativo que se presenta. En caso contrario se requerirá al interesado gestionar la rectificación del mismo en el registro civil que corresponda.
11.    El Documento Nacional de Identidad del menor será emitido por el Registro Nacional de las Personas, el cual será remitido a la Sección Consular varios meses más tarde. Una vez recibido el DNI, la Sección Consular quedará habilitada para gestionar el otorgamiento del pasaporte argentino.

B.       Documentación a presentar para Mayores de 18 años.

1.      Acreditación de la nacionalidad de los progenitores: deberá presentar Partida de Nacimiento del padre, madre o ambos, expedida por el Registro Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o Registro Civil Provincial.
2.       D.N.I, L.C o L.E.  del padre o madre argentino nativo.
3.       2 x Partidas de nacimiento originales del adulto, legalizadas por el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de Kuwait.

IMPORTANTE: DICHAS PARTIDAS NO SERAN DEVUELTAS AL RECURRENTE.

4.       Pasaporte vigente del interesado que acredite su identidad.
5.     Otros documentos (si correspondiere). En caso de cambio de nombre/s del padre o madre se necesita el certificado original juríídicamente válido de cambio de nombre, legalizado.
6.   MUY IMPORTANTE: el nombre de los padres consignado en el documento nacional de identidad argentino tiene que coincidir con el nombre mencionado en la partida de nacimiento extranjera. En caso contrario se requerirá al interesado gestionar la rectificación del mismo en el registro local que corresponda o deberá presentar los documentos que se mencionan en el punto precedente.
7.       Domicilio familiar en Kuwait
8.   El Documento Nacional de Identidad del Mayor será emitido por el Registro Nacional de las Personas y será remitido a la Sección Consular aproximadamente a los 6 meses de la cita oficial. Una vez recibido el DNI, se podrá proceder a gestionar el pasaporte argentino.

ESTA DOCUMENTACIÓN ES OBLIGATORIA Y NECESARIA PARA TODOS LOS CASOS, SI CARECE DE ALGUNA NO SE PODRA REALIZAR EL TRAMITE. PARA REALIZAR LA OPCION DEBERAN SER PRESENTADOS DOCUMENTOS ORIGINALES. NO SE ACEPTARAN COPIAS.

C. Operatoria de la Sección Consular:

1.      Registro de la partida de nacimiento del menor en el Libro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la representación consular.
2.       Acta de opción por la nacionalidad argentina.
3.       Tramitación de Documento Nacional de Identidad en Argentina y su remisión a la Sección Consular.

En todos los casos, se solicita tomar contacto previo por email con esta Sección Consular (al email: ekuwa@mrecic.gov.ar) a los efectos de obtener turno para la ceremonia de opción donde se labrarán los instrumentos notariales necesarios. 

NOTA: en los casos en el que el nacimiento hubiera ocurrido fuera de la circunscripción de esta Sección Consular (que se limita al territorio de Kuwait), la oficina Consular argentina del lugar del nacimiento deberá haber inscripto previamente la partida de nacimiento en su Libro del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. El Testimonio consular de esta inscripción deberá ser acompañado entre la documentación requerida, para poder proceder a la realización de la opción. Este requisito es OBLIGATORIO.

D. Costo del trámite
Será informado por el oficial consular.

E. Trámite Alternativo. La opción de nacionalidad también se puede llevar a cabo en Argentina, en las oficinas del Registro Nacional de las Personas (RENAPER), en las cuales se puede solicitar la aplicación del Decreto 1601/2004. Para contactar al Registro Nacional de las Personas en Buenos Aires, por favor utilizar los siguientes métodos de comunicación:

Teléfono: (0054-11)  4393-0566
Correo Electrónico:  informes@renaper.gov.ar
http://www.argentina.gob.ar.

Nota: Este trámite es realizado en la República Argentina, por lo cual se agradecerá a los interesados realizar las consultas pertinentes ante el organismo en el cual realizarán el trámite.
 

 

 

Fecha de actualización: 19/06/2016